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El Honorable Concejo Deliberante informa que para presenciar las sesiones, las personas interesadas deberán acreditar dos dosis de la vacuna por lo menos 14 días antes del evento a través de las Apps VacunatePBA, Mi Argentina o el carnet de vacunación (cartón o tarjeta).

La medida comenzó a regir este 21 de diciembre para provincia mediante la resoluciones conjuntas 460/2021 y 496/2021, y Ordenanza 3590 sancionada por el Honorable, convalidando Decreto 383/2021, en el cual la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves adhiere a la Normativa Nacional y Provincial que se dicten en el marco de la emergencia sanitaria declarada por la pandemia provocada por el virus Sars-CoV-2.

Esta normativa aplica para eventos masivos (desde los 13 años), actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados, realización de trámites ante organismos públicos provinciales o municipales, trámites presenciales ante entidades privadas cuando impliquen aglomeración de personas, así como también para los trabajadores que realicen atención al público en entidades públicas o privadas.

Foto Archivo
Honorable Concejo Deliberante